Esto durante la administración de la ex presidenta municipal, Claudia Rivera Pérez, por lo cual la dependencia emitió las recomendaciones 29/2022 y 30/2022, al ayuntamiento de Puebla por vulnerar el Derecho Humano a una Vida Libre de Violencia en su modalidad de Violencia Laboral.
De acuerdo a los señalamientos, la queja fue presentada por escrito el 13 y 17 de julio de 2021: las víctimas denunciaron hostigamiento laboral, conductas intimidatorias y violencia institucional. En el recurso 29/2022 la víctima y exjefe de departamento denunció "estrés, ansiedad y tensión laboral".
Asimismo, se señala que Pimentel Méndez no buscó establecer diálogo cordial y de primer contacto con las personas que laboraban en la dependencia.
El denunciante señaló que la titular en reiteradas ocasiones intimidó al personal argumentando jerarquía y formalidad laboral; asimismo, decidió ignorar su labor dentro de la institución generando mayor tensión ante un posible despido o maltrato.
En el escrito también se expone que Pimentel Méndez obligaba al personal a regresar a las oficinas fuera del horario laboral para cumplir con sus exigencias.
Respecto de la recomendación 30/2022 la segunda víctima denunció que desde la llegada de Pimentel Méndez a la Secretaría de Igualdad Sustantiva de Género comenzó a ejercer prácticas “autoritarias e intimidatorias”.
Expuso que la exfuncionaria realizaba entrevistas a puerta cerrada con distintas compañeras de la dependencia, en compañía de dos o más personas afines, solicitando la entrega de documentación “bajo amenaza de despido”, lo cual generó un ambiente de tensión y estrés laboral.
Por acoso laboral, 1 despido en el ayuntamiento de Puebla
Asimismo, la víctima acusó que Pimentel Méndez cerró el canal de comunicación con el personal y lo reservó a un espacio que se debía generar con “previa cita”.
En el escrito se indica que se dio la contratación de una encargada de dependencia, lo cual abonó al ambiente de violencia laboral, pues la persona mantenía una vigilancia constante entre los trabajadores para saber lo que hacían o decían.
La CDH determinó que en la Secretaría de Igualdad Sustantiva de Género existió un inadecuado clima laboral, toda vez que, la comunicación entre las personas servidoras públicas adscritas a dicha dependencia era limitada, habían reiteradas conductas de descalificación y desprestigio, lo que repercutió en la afectación a la integridad psicológica de las y los trabajadores.
Ayuntamiento debe garantizar la reparación del daño
El organismo autónomo ordenó al ayuntamiento a cargo del edil Eduardo Rivera Pérez proporcionar atención psicológica a las víctimas, además de elaborar y difundir un protocolo de actuación para la prevención y atención de acoso y hostigamiento sexual y laboral, para los servidores públicos.
También el gobierno de la ciudad deberá brindar capacitación a los servidores públicos, principalmente al derecho humano a una vida libre de violencia, mientras que la Contraloría Municipal, deberá iniciar una investigación para deslindar responsabilidades.
Con información de E-Consulta