Gabriela García Guzmán.
El tribunal desechó los puntos de actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de los recursos y utilizar la imagen de Andrés Manuel López Obrador para su promoción.
Durante la sesión ordinaria, aseguraron que estas tras ser analizadas no cuentan con los aditamentos suficientes para proceder en contra de el excandidato de Morena.
Los asuntos especiales que el tribunal resolvió son los registrados con los expedientesTEEP-AE-060/2024, TEEP-AE-079/2024,TEEP-AE-081/2024 y TEEP-AE-099/2024, todos promovidos por el PAN.
“Declarar inexistente la conducta denunciada, toda vez que del análisis no es posible desprender que el denunciado solicitara el apoyo en su beneficio o de algún candidato o partido político, aunado a ello que no existió una relación contractual entre el denunciado y el medio de comunicación, por lo que se puede concluir que se trata de un ejercicio del derecho a la libertad de expresión que tiene toda persona de difundir información e ideas”, terminaron.