La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es de carácter inconstitucional prohibir el uso lúdico de la planta, esto acompañado de publicar 8 tesis para la jurisprudencia que reconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad, esto además de que no representa una medida proporcional para proteger la salud y el orden público.
El amparo considera la siembra, cultivo, cosecha, portación y transporte para uso personal de la marihuana sin embargo, está prohibido su producción para fines comerciales y contiene restricciones para evitar afectar a terceros.
El trámite del amparo no garantiza la obtención del mismo, ya que se someten a revisión los casos y se determina si se otorga o no.
Esta declaración no significa que la marihuana sea legal en nuestro país, pero sin duda pone el tema en la mesa para que sea discutido por el congreso.