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El imparcial

Durante décadas, en México se dio por hecho que el apellido del padre debía aparecer primero en el nombre de niñas y niños. Esa práctica estuvo presente en registros civiles de todo el país y formó parte de una costumbre que pocas familias cuestionaban. Sin embargo, ese criterio ya no es obligatorio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a través de distintos amparos, sentencias y criterios judiciales, concluyó que imponer automáticamente el apellido paterno por encima del materno vulnera derechos fundamentales como la igualdad y la no discriminación.

La información ha sido respaldada por resoluciones del propio máximo tribunal del país y ajustes legales realizados en distintas entidades federativas.

Este cambio no ocurrió de un día para otro ni surgió de una sola reforma. Fue el resultado de varios procesos judiciales que poco a poco transformaron la manera en que las autoridades interpretan el derecho a la identidad y el registro de nacimiento en México.


¿Qué cambió exactamente con el orden de los apellidos en México?

El punto central es que el Estado ya no puede imponer que el apellido del padre vaya primero de manera automática.

La SCJN sostuvo que esa práctica reproducía una visión desigual entre hombres y mujeres, además de mantener estereotipos de género que colocaban al apellido paterno por encima del materno.
Con este nuevo criterio:

El apellido materno y el paterno tienen el mismo valor legal

Los padres pueden decidir libremente el orden

El Registro Civil debe respetar la decisión familiar

Ya no existe una preferencia automática por el apellido del hombre

El cambio busca que el nombre de una persona también refleje principios de igualdad reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales.

¿Desde cuándo aplica este criterio de la Suprema Corte?

La modificación fue gradual y se consolidó a lo largo de varios años.

De acuerdo con los criterios judiciales y antecedentes legales:

En 2013, algunos estados como Yucatán comenzaron a permitir invertir el orden de los apellidos

Entre 2016 y 2019, la SCJN resolvió casos relevantes relacionados con igualdad y no discriminación

Para 2020, varias entidades armonizaron sus leyes para permitir que las familias eligieran el orden libremente

Actualmente, los criterios de la Corte son obligatorios para jueces y autoridades, por lo que los registros civiles deben respetar la decisión tomada por las familias.

¿Quién decide hoy el orden de los apellidos?

Hoy la decisión corresponde a la familia.

Al momento de registrar a un bebé:

Madre y padre pueden acordar qué apellido irá primero

La autoridad no puede imponer un orden distinto

El Registro Civil debe aceptar el acuerdo alcanzado


Si existe desacuerdo entre los padres, la autoridad puede intervenir para analizar el caso conforme al interés superior de niñas y niños. En ciertos escenarios también puede considerarse la opinión del menor, dependiendo de su edad y madurez.

¿Qué relación tiene esto con el derecho a la identidad?

La Suprema Corte vinculó directamente el nombre y el orden de los apellidos con el derecho a la identidad.

El tribunal explicó que el nombre de una persona no es solamente un requisito administrativo o un dato en documentos oficiales. También forma parte de su vida personal, social y jurídica.

Esto significa que:

El nombre influye en cómo una persona es reconocida

Forma parte de su identidad familiar

Tiene impacto en su desarrollo y vida cotidiana

Además, la Corte amplió el concepto de interés superior de niñas y niños al considerar que la identidad también incluye aspectos simbólicos y emocionales relacionados con la familia y el reconocimiento social.

¿Los menores pueden opinar sobre su nombre?

Sí. Uno de los criterios más relevantes es que niñas, niños y adolescentes deben ser escuchados cuando una decisión afecta su identidad.

La SCJN estableció que:

La opinión del menor puede tomarse en cuenta

Esto depende de su edad y nivel de madurez

Aplica especialmente en casos judiciales o cambios relacionados con su identidad

Con ello, el tribunal reforzó la idea de que el nombre no debe entenderse únicamente como una decisión tomada por adultos.

¿Este cambio elimina los apellidos?

No. El cambio no elimina los apellidos ni modifica la obligación de registrar ambos.

Lo que cambió es la lógica legal:

Antes: el apellido paterno iba primero por obligación

Ahora: el orden puede decidirse libremente

La finalidad del criterio es:

Garantizar igualdad entre hombres y mujeres

Eliminar prácticas consideradas discriminatorias

Adaptar las leyes a distintos modelos familiares

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Suprema Corte de Estados Unidos da revés a aranceles globales de Trump y considera su aplicación como ilegal.

La Suprema Corte de Estados Unidos resolvió tumbar los aranceles globales que ha interpuesto Donald Trump a lo largo de su mandato.

De acuerdo con la Suprema Corte, la serie de aranceles que impuso el presidente han trastocado el comercio mundial.

En este sentido, el tribunal decidió con 6 votos a favor que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) “no autoriza al presidente a imponer aranceles”.


Suprema Corte señala que países podrán solicitar reembolso por aranceles de Trump

La sentencia de la Suprema Corte señala que los aranceles globales impuestos por Donald Trump bajo la IEEPA son ilegales.

En este sentido, señalaron que los países importadores podrán solicitar el reembolso por el cobro de dichos impuestos.

Sin embargo, los jueces no abordaron en qué medida los importadores que demandaron al gobierno Trump pueden recibir reembolsos.

Por su parte, el juez Brett Kavanaugh, quien votó en contra de dar revés a los aranceles globales, advirtió que este proceso podría causar un “desbarajuste”.

Esto concuerda con lo expresado por el economista Gregory Daco, jefe de EY-Parthenon, quien señaló que la anulación de los aranceles podría reducir la tasa arancelaria media del 16,8% a alrededor del 9,5%.

Donald Trump se extralimitó con imposición de aranceles globales: Suprema Corte

La Suprema Corte de Estados Unidos señaló que Donald Trump se extralimitó con la imposición de aranceles globales al amparo de la IEEPA.

De acuerdo con la sentencia, la imposición de aranceles a países aliados comerciales “trastocaron el comercio” mundial.

Asimismo, resaltaron que la IEEPA no autoriza a Donald Trump a imponer los aranceles que el presidente presentó como “recíprocos” a sectores como:

industria automotriz

acero

aluminio

Los jueces señalaron que estos aranceles no se aplicaron en dichos sectores como fue presentado por el presidente, quien ha usado estas medidas como herramienta para imponer su agenda económica.

Esta decisión se tomó con 6 votos a favor y 3 en contra, sobre las decisiones de imponer nuevos gravámenes a prácticamente todos los socios comerciales de Estados Unidos.

Entre ellos se impusieron medidas arancelarias como castigo por tráfico de drogas y migración a:

México

Canadá

China

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la resolución de un juez federal que absolvió a la extitular de Sedesol y Sedatu, Rosario Robles Berlanga, por el delito de ejercicio indebido de la función pública y omisión en el desvío de 7 mil 670 millones de pesos en contratos ilegales, caso conocido como la “Estafa Maestra”.


Suprema Corte ratifica absolución de Rosario Robles

Al resolver el amparo directo en revisión 4419/2024, por unanimidad, los ministros de la Primera Sala desecharon el recurso promovido por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) por el que reclamó la sentencia absolutoria otorgada a la también exjefa de Gobierno de la Ciudad de México (CDMX).

“Quejoso y recurrente Auditoría Superior de la Federación (ASF) el proyecto propone, primero, se desecha el recurso de revisión; segundo, queda firme la sentencia recurrida”.

Fernando Sosa Pastrana, secretario de Estudio y Cuenta, SCJN.


Cabe recordar que el 24 de febrero de 2023, el juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur, Roberto Paredes, sobreseyó la causa penal en contra de Robles Berlanga.

Inconformes, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Fiscalía General de la República (FGR) impugnaron el fallo ante el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal de la Ciudad de México, pero éste ratificó la resolución del juez de control.

Con la determinación de la Primera Sala del Alto Tribunal ,quedó formalmente cerrado el caso de la “Estafa Maestra”.

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Los llamó a respetar los Sentimientos de la Nación y el rescate de la soberanía de los recursos naturales del país.

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Barrett se convertirá en la quinta mujer en ocupar un asiento en el máximo ente judicial de Estados Unidos y extendería su mayoría conservadora a 6-3.

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