La Secretaría de Educación Pública (SEP) publicó un nuevo acuerdo, en el que se establecen puntos como que primero y segundo de primaria “se acreditan con el solo hecho de haber cursado el grado correspondiente”.
En el acuerdo anterior número 12/05/18, como señaló el diario Reforma este domingo, para el primer grado de primaria el requisito mínimo para acreditar era cumplir con el 80% de asistencia.
En cuanto a segundo de primaria, los requisitos para acreditar eran tener al menos el 80% de asistencia. Además de: calificaciones aprobatorias en Lengua Materna y Matemáticas; un Nivel de Desempeño mínimo de II, en al menos dos de las áreas de Desarrollo Personal y Social, y un Nivel de Desempeño mínimo de II, en al menos dos clubes de Autonomía Curricular.
En el nuevo acuerdo, como ya se mencionó, solo establece como requisito “haber cursado el grado correspondiente”; y se elimina el punto que decía que “el alumno podrá ser retenido en segundo grado de primaria por una sola vez, cuando el docente determine que no logró los aprendizajes esperados de Lengua Materna y/o Matemáticas”.
Respecto a preescolar, en el acuerdo anterior se decía que el único requisito era cumplir con al menos 80% de asistencia. En el nuevo, también solo basta cursar.
Tercero, cuarto y quinto grados
En cuanto a tercero, cuarto y quinto grados de primaria, en el acuerdo anterior se pedía para acreditar
– Al menos el 80% de asistencia
– Calificaciones aprobatorias en Lengua Materna y Matemáticas
– Promedio general de 6 en el resto de asignaturas de los campos de Formación Académica
– Un Nivel de Desempeño mínimo de II, en al menos dos de las áreas de Desarrollo Personal y Social
– Un Nivel de Desempeño mínimo de II, en al menos dos clubes de Autonomía Curricular
El nuevo acuerdo establece como requisitos:
– Tener un mínimo de 80% de asistencia en el ciclo escolar
– Tener un promedio final en el grado escolar mínimo de 6
– Haber obtenido calificación aprobatoria en al menos 6 asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social cursadas
Nivel secundaria
En cuanto a nivel secundaria, en el acuerdo anterior se decía que “el alumno tendrá que volver a cursar el grado cuando al concluir el ciclo escolar tenga cuatro o más asignaturas de Formación Académica no aprobadas; y/o en su caso cuando en dos o más Áreas de Desarrollo Personal y Social haya obtenido Nivel I de Desempeño; y/o en su caso haya obtenido Nivel I de Desempeño en dos o más clubes de Autonomía Curricular”.
El nuevo acuerdo dice: “El alumno volverá a cursar el grado cuando al concluir el ciclo escolar tenga 5 o más asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social no acreditadas”.
Es decir, el límite pasó de 4 a 5 asignaturas reprobadas, del área de Formación Académica.
Se consideró pertinente, indica la SEP en el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, “realizar una revisión al ACUERDO 12/05/18, al detectar que el procedimiento previsto en el mismo implicó registros complejos que generaban una carga administrativa a los docentes”.
Los proceso de evaluación, agregó, tienen “una finalidad esencialmente formativa, al constituirse en la fuente de información para el mejoramiento de la práctica educativa y, en su caso, del esfuerzo de los estudiantes, siendo prioridad de la tarea docente hacer que éstos participen con interés en diversas experiencias educativas, y que las mismas no se vean desplazadas por requerimientos administrativos”.