El pasado martes 1 de junio se dio a conocer la reforma elaborada por el papa Francisco en el Libro VI del Código de Derecho Canónico sobre las sanciones penales en la Iglesia católica, e incluyó la pederastia como “un delito contra la dignidad humana” y que puede conducir en la expulsión del estado clerical.
Dicha reforma quedó establecida en el artículo 1.398, que dice que “sea castigado con la privación del oficio y con otras justas penas, sin excluir, si el caso lo requiriese, la expulsión del estado clerical, del clérigo quien comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o con persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela”.
También, “quien recluta o induce a un menor, o a una persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón, o a la que el derecho reconoce igual tutela, para que se exponga pornográficamente o para participar de exhibiciones pornográficas, tanto verdaderas como simuladas”.
“Y el que inmoralmente adquiere, conserva, exhibe o divulga, en cualquier forma y con cualquier instrumento, imágenes pornográficas de menores o de personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón”.
Cabe apuntar que, el Libro VI es uno de los siete que forman el Código de Derecho Canónico y su modificación entrará en vigor a partir del próximo 8 de diciembre de este año.
Con información de medios internacionales y agencias de noticias