Jueves, 02 Enero 2020 13:18

Reforman ley para que ayuda humanitaria se dé sin fines electorales

Escrito por Mauricio Santamaría Nava

También se hicieron reformas para considerar el trabajo como uno de los medios para la plena reinserción social de las personas privadas de la libertad

Se reformó la Ley General de Delitos Electorales, con el propósito de imponer de 50 a 100 días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien condicione la entrega de ayuda humanitaria, ya sea por no participar en actos proselitistas o emitir sufragio en favor de un candidato, partido o coalición. Sanciona con cien a doscientos días multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista o al candidato que durante la temporada de preparación o en la jornada electoral solicite la entrega de bienes destinados a ayuda humanitaria.

El diputado federal Alejandro Carvajal explicó que el dictamen impone de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que condicione la entrega de ayuda humanitaria a la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido o colación.

Trabajo de internos como factor de reinserción social

Con reformas a la Ley Nacional de Ejecución Penal se consideró el trabajo como uno de los medios para la plena reinserción social de las personas privadas de la libertad, porque les dota de herramientas, habilidades y aptitudes a los internos que les garantice el ingreso económico. Precisa que podrá ser solicitado por la persona privada de la libertad, quien podrá tener una cuenta para la administración de las ganancias, con notificación mensual, además que podrá designar a una persona, quien estará autorizada para recibir los valores.

Perspectiva de género y respeto a costumbres en sentencias

Asimismo, fue modificado el Código Nacional de Procedimientos Penales para estipular que cuando el imputado o la víctima sea mujer indígena, o estén involucrados niñas y niños, la autoridad indígena encargada de aplicar su sistema normativo hará del conocimiento de la autoridad federal o local competente los términos de la solución del conflicto, El fin es que se consideren la perspectiva de género, el interés superior de niñez, así como el derecho a una vida libre de violencia hacia la mujer.

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